05 mayo 2015

La nueva Ley de Carreteras en España

Transcurridos más de 25 años desde la promulgación de la vigente Ley de Carreteras el anteproyecto de la Nueva Ley de Carreteras ha sido presentado ante el Consejo de Ministro el pasado mes de Abril. Entre otras novedades, la nueva norma impide temporalmente las recalificaciones de suelos por parte de las administraciones autonómicas o locales durante el proceso de planificación de una carretera. Es decir, que no se podrán recalificar terrenos durante la planificación de una nueva vía. Se mejoran así los sistemas de coordinación entre Administraciones en lo que se refiere a planificación viaria y ordenación del territorio. Además, se evitan posibles actuaciones especulativas sobre el terreno que puedan generarse durante la planificación y el desarrollo de una nueva infraestructura.

Autopista de circunvalación M-40 (Madrid). Formando parte de la Red de Carreteras del Estado Español. (RCE). Fuente: wikipedia.
SEGURIDAD VIAL
La nueva Ley articula medidas para la mejora de la seguridad vial, imponiendo la obligación de evaluaciones de impacto sobre la seguridad vial en la planificación de nuevas carreteras y auditorías de seguridad viaria en la fase previa a la puesta en servicio y durante la explotación.
Las Directivas Europeas establecen estas obligaciones en los tramos incluidos en las Redes Transeuropeas. La nueva Ley extiende esta obligación a toda la Red de Carreteras del Estado.

PUBLICIDAD EN LAS CARRETERAS

Se introducen asimismo medidas más eficaces de protección del patrimonio público viario. De este modo, se faculta a la Dirección General de Carreteras a requerir a los infractores la restitución de la legalidad viaria. Se mantiene además la prohibición de publicidad, visible desde las calzadas, fuera de los tramos urbanos. No obstante, como novedad se contempla que el Ministerio de Fomento podrá ordenar, incluso en las travesías, la retirada de publicidad que pueda afectar a la seguridad viaria o la adecuada explotación de la vía.

PROMOCIÓN DE ÁREAS DE SERVICIO Y APARCAMIENTOS SEGUROS


La nueva normativa permitirá que la promoción de las áreas de servicio se realice mediante iniciativa privada, orientada a mejorar la explotación de la carretera y el servicio a los usuarios. Por lo tanto, además de las áreas de servicio promovidas por el Ministerio de Fomento, cualquier interesado podrá solicitar la concesión y promover el desarrollo de un área de servicio.

APARCAMIENTOS SEGUROS

La Ley establece la necesidad de facilitar aparcamientos seguros. Se trata de áreas de descanso que dispondrán de características y servicios específicos para garantizar la seguridad de los conductores, sus vehículos y mercancías, tales como vallado perimetral, iluminación, cámaras de vídeo-vigilancia o accesos controlados por barreras de seguridad.

SISTEMAS INTELIGENTES DE TRANSPORTE

La Ley incluye, además, entre las competencias del Ministerio de Fomento, el establecimiento de determinados equipamientos, como los sistemas inteligentes de transporte.
Es el caso de sistemas electrónicos, informáticos y telemáticos, para mejorar la explotación del sistema viario y la circulación en la carretera.

RÉGIMEN SANCIONADOR EN LAS AUTOPISTAS DE PEAJE

La nueva Ley de Carreteras incrementa las cuantías de las sanciones establecidas en la normativa de autopistas de 1973 en los casos de incumplimiento en la prestación del servicio viario.
La cuantía de la sanción máxima se fija en 15.000€, lo que permitirá un cumplimiento más eficaz de las obligaciones por el concesionario.


Fuente: Ministerio de Fomento. Gobierno de España.
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